Noticias Candela - Informe 25 por Jorge Castro
Doble cara del despojo imperial / Con licencias OFAC y cuentas del Tesoro el gobierno de Trump controla la riqueza de Venezuela, mientras el Atlantic Council viene por jueces, policías y fuerza armada – La Tabla Blog

Doble cara del despojo imperial / Con licencias OFAC y cuentas del Tesoro el gobierno de Trump controla la riqueza de Venezuela, mientras el Atlantic Council viene por jueces, policías y fuerza armada – La Tabla Blog

Aunque no existe un documento llamado “Plan Venezuela”, desde enero de 2026 se ejecutan sus dos caras. La económica: licencias OFAC que permiten operar bajo reglas de EE. UU., cuentas interpuestas del Tesoro que capturan la renta petrolera y minera, y la imposición del dólar como única moneda de liquidación. La institucional: la propuesta del Atlantic Council (exembajador Story y general Bellon) para reestructurar policías, tribunales, prisiones y subordinar a la fuerza armada. Todo ello se apoya en reformas legales venezolanas que desmontan las barreras constitucionales. El resultado: un modelo de confiscación tutelada donde el país conquistado financia su propia intervención.

Redacción: La Tabla/Plataforma de Periodismo de Datos. 28 ABR 2026

1. Introducción: Un plan sin nombre, pero con todas sus piezas en movimiento

No hay un documento único denominado “Plan Venezuela” aprobado por el Congreso estadounidense. Sin embargo, desde el 7 de enero de 2026, el gobierno de Estados Unidos ejecuta un conjunto de acciones coordinadas que revelan una estrategia integral de control. Dos caras de una misma moneda:

· La cara económica se instrumenta a través de licencias de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) y un circuito financiero cautivo que captura los ingresos por venta de petróleo, oro y minerales críticos.
· La cara institucional se expone en el artículo del Atlantic Council escrito por el exembajador James Story y el teniente general retirado David Bellon, donde proponen una reestructuración total de la policía, los tribunales, las prisiones y un rol subsidiario para las fuerzas armadas.

Ambas caras se apoyan en un tercer pilar, que no analizaremos en detalle en este artículo pero que forma parte del mismo proceso: un paquete de reformas legislativas ya aprobadas o en trámite en Venezuela (Ley de Hidrocarburos, Ley de Minas, Ley de Simplificación de Trámites) que elimina las restricciones constitucionales a la inversión extranjera y allana el camino para la operación de las corporaciones estadounidenses. Sin estas reformas, el esquema de licencias y la tutela institucional no tendrían piso jurídico.

2. La cara económica: El mecanismo de control de la riqueza ya está en marcha

2.1. Las licencias OFAC: No hay flexibilización, solo ajuste a los intereses comerciales de EE. UU.

Entre enero y abril de 2026, la OFAC ha emitido una docena de licencias generales. Lejos de significar un levantamiento de sanciones –el bloqueo se mantiene intacto–, estas autorizaciones constituyen un permiso selectivo para operar bajo reglas, tribunales y supervisión estadounidenses. Cada licencia tiene un propósito preciso dentro del engranaje de control:

· GL 46 (enero 2026): Autoriza transacciones con crudo y derivados venezolanos, pero somete cualquier operación a la jurisdicción de tribunales de EE. UU. y a la aplicación de su derecho. El Estado venezolano pierde toda capacidad de decidir sobre su propio recurso.
· GL 47, 48, 49 y 50 (febrero 2026): Permiten la venta de diluyentes (indispensables para el transporte del crudo pesado), el suministro de equipos para la producción y la negociación de contratos de inversión. Con estas licencias, Washington controla los insumos críticos de la industria petrolera y condiciona cualquier inversión a su visto bueno.
· GL 48A (marzo 2026): Incluye a la estatal eléctrica CORPOELEC como contraparte autorizada. El control se extiende al sector eléctrico, pieza clave para la operación de las refinerías y las minas.
· GL 52 (marzo 2026): Amplía las operaciones comerciales con Pdvsa a prácticamente todas las actividades, normalizando el negocio bajo el paraguas de las licencias. El mensaje es claro: se puede hacer negocios, pero solo bajo las reglas de Washington.
· GL 51 (marzo 2026): Autoriza la importación de oro venezolano a EE. UU., rompiendo el mercado tradicional del oro hacia otros destinos y canalizando el mineral hacia las reservas o la industria estadounidense.
· GL 51A, 54 y 55 (abril 2026): Extienden las autorizaciones al sector minero y a los minerales críticos (coltán, cobre, litio, tierras raras). Estos materiales son estratégicos para la industria de defensa y tecnología de EE. UU. La licencia convierte a Venezuela en una cantera a cielo abierto bajo control extranjero.

En cada una de estas licencias se repite una condición: quedan prohibidas expresamente las operaciones con personas o entidades de Rusia, China, Corea del Norte, Irán y Cuba. No se trata de una medida técnica; es una imposición de política exterior que expulsa a los aliados actuales del gobierno legítimo y los reemplaza por corporaciones estadounidenses.

2.2. El circuito financiero de captura: Preservar el dólar y bancarizar la renta venezolana

El flujo del dinero revela la verdadera naturaleza confiscatoria del mecanismo. Los pasos son los siguientes:

1. Las divisas obtenidas por la venta de petróleo, oro o minerales se depositan en cuentas intermediarias (por ejemplo, en Catar) bajo supervisión estadounidense.
2. Desde allí, los fondos se transfieren a una cuenta del Tesoro de EE. UU. Según declaraciones del secretario de Energía estadounidense, ya se han acumulado más de 1.000 millones de dólares.
3. El Tesoro decide cuándo, cómo y para qué se liberan esos recursos, bajo el argumento de “evitar que financien al chavismo”. En la práctica, EE. UU. actúa como banquero, contralor y regulador de la economía venezolana.
4. Toda transacción debe liquidarse en dólares, reforzando el dominio de la moneda estadounidense. Este esquema replica el modelo de los petrodólares que funcionó durante décadas: el petróleo se vende en dólares y las divisas retornan al sistema financiero de EE. UU., preservando su hegemonía monetaria.

El Estado venezolano no solo ha perdido el control de su renta, sino que además financia con sus propios recursos el aparato de supervisión que lo vigila. EE. UU. asume así múltiples roles que sobrepasan cualquier relación comercial normal: actúa como inversionista, empresario, contralor, comercializador, banquero, regulador y, en última instancia, gobernante de facto de la economía nacional.

3. La cara institucional: La propuesta del Atlantic Council para tutelar el Estado

Mientras las licencias capturan la riqueza, el artículo de James Story y David Bellon –publicado en el sitio web del Atlantic Council– propone el modelo de reestructuración del poder interno. Este modelo no es especulativo; sus autores tienen vínculos directos con el aparato de seguridad y de negocios de EE. UU.

3.1. Los autores y su agenda

· James Story: Exembajador de EE. UU. en Venezuela (2018-2023). Actual socio de Global Frontier Advisors, una firma que asesora inversiones en mercados emergentes.
· David Bellon: Teniente general retirado del Cuerpo de Marines, con 35 años de experiencia en combate.
· Atlantic Council: Think tank financiado por el Departamento de Estado, el Pentágono, la OTAN y corporaciones como Chevron, ExxonMobil, Lockheed Martin y Raytheon. No es un observador neutral; es parte del entramado de intereses que se beneficiarán de la intervención.

3.2. Las instituciones del poder: Policía, tribunales, prisiones y una fuerza armada subordinada

El artículo del Atlantic Council identifica cuatro áreas de intervención obligada. No son áreas cualquiera: son precisamente las que concentran el ejercicio de la coerción legítima del Estado.

· Policía: Propone reclutar y entrenar una nueva fuerza con instructores colombianos bajo supervisión estadounidense. El control de la fuerza pública pasa a manos extranjeras.
· Tribunales: Plantea reconstruir el sistema judicial “desde cero”, con estándares y asesores designados por Washington. El poder judicial queda subordinado a los intereses geopolíticos de EE. UU.
· Prisiones: Reestructurar el sistema penitenciario bajo parámetros de “seguridad” definidos po xxr la cooperación bilateral. El control de la población reclusa se convierte en herramienta de disciplinamiento social.
· Fuerza Armada: Se le asigna un rol subsidiario: ayudar a desmantelar grupos armados ilegales –especialmente aquellos que operan en zonas mineras y de recursos naturales–, lo que implica purgar comandantes no alineados y poner la institución castrense al servicio de la seguridad de las inversiones extranjeras.

En resumen, las instituciones que definen la soberanía (la capacidad de ejercer el poder, administrar justicia y usar la fuerza) son transferidas a un diseño, supervisión y financiamiento externos.

v🔵 Venezuela paga su propia intervención

El plan del Atlantic Council estima una inversión de entre 15.000 y 20.000 millones de dólares en una década. La fuente de estos recursos es doble:

· Activos congelados de Venezuela (oro en el Banco de Inglaterra, cuentas en el exterior).
· Aportes directos de EE. UU. (solo una fracción del total).

La condición para liberar los fondos es que Washington reconozca a un “nuevo gobierno legítimo”. Es decir, Venezuela debe pagar con su propia riqueza el costo de la intervención que la despoja de su soberanía.

Una observación crítica: el monto parece notoriamente bajo para una reestructuración de tal magnitud. En procesos similares (como el Plan Colombia), las indemnizaciones por despido de funcionarios no alineados, los paquetes de retiro voluntario y los programas de “reinserción” han consumido hasta el 40% del presupuesto. Un monto reducido sugiere que los costos reales se ocultan o se trasladan a Venezuela mediante otras vías (préstamos atados a condicionalidades, concesiones de recursos a perpetuidad, etc.).

4. La articulación perfecta: Cómo las piezas encajan (legislación incluida)

El orden de los factores no altera el producto. El mecanismo funciona como una multiplicación: donde hay una debilidad económica que impide el control total, se impone una regla legal; donde la regla legal choca con la Constitución, se reforma la ley; y donde la reforma no es necesaria, se recurre al poder omnímodo de las licencias y sanciones.

· Ejemplo con el petróleo: La GL 52 permite operar con Pdvsa, pero la Ley de Hidrocarburos recién reformada elimina la obligación de asociarse mayoritariamente con el Estado venezolano. Así, una empresa estadounidense puede tomar el control operativo y financiero de un campo sin necesidad de autorización legislativa nacional.
· Ejemplo con la minería: La GL 55 autoriza la extracción de minerales críticos. La nueva Ley de Minas simplifica trámites y elimina restricciones ambientales y de consulta previa. Si alguna comunidad o institución nacional intenta oponerse, la nueva policía entrenada por colombianos bajo supervisión de EE. UU. será la encargada de “garantizar el orden”.
· Ejemplo con la justicia: Si un juez venezolano intenta aplicar la ley nacional para frenar una operación amparada por una licencia OFAC, el plan del Atlantic Council prevé la reconstrucción de los tribunales con jueces alineados. Si eso no basta, el mecanismo de las licencias ya establece que toda disputa se dirime en tribunales estadounidenses.

La reforma legal es indispensable solo para deshabilitar restricciones constitucionales (como el artículo 12 de la Constitución venezolana que reserva al Estado la propiedad de los hidrocarburos, o el artículo 302 sobre la industria petrolera como monopolio estatal). El resto –el control del flujo de divisas, la supervisión de las transacciones, la exclusión de empresas rusas o chinas, la potestad de definir qué es “comercialmente razonable”– se impone directamente desde las licencias OFAC, sin necesidad de aprobación legislativa alguna en Venezuela.

5. Conclusiones: Un plan de despojo colonialista encubierto como negocios legales

1. No es un plan hipotético: Desde enero de 2026 se ejecuta el mecanismo de control económico vía licencias OFAC y circuito financiero cautivo. La renta petrolera, minera y forestal ya no pasa por las arcas del Estado venezolano.
2. No es solo económico: El Atlantic Council y sus autores ofrecen la cobertura institucional para reestructurar la policía, los tribunales, las prisiones y las fuerzas armadas bajo tutela estadounidense.
3. El mecanismo es confiscatorio: Venezuela paga con su propia renta (capturada en cuentas del Tesoro de EE. UU.) y sus activos congelados el costo de la intervención. Los montos propuestos –entre 15.000 y 20.000 millones de dólares– parecen deliberadamente bajos para forzar indemnizaciones y despidos masivos financiados por el país intervenido.
4. El propósito final es el control de los recursos: Petróleo, oro, coltán, cobre, litio y otros minerales críticos son el verdadero objetivo. La “reconstrucción institucional” es el medio para garantizar que ninguna fuerza nacional (policía, tribunales, ejército) pueda interferir en la extracción, comercialización y remesa de las ganancias hacia EE. UU.
5. Corolario: Este proceso de despojo y confiscación se pretende encubrir como una serie de negocios legales (licencias, contratos, transacciones comerciales). Sin embargo, no tiene nada que ver con una práctica comercial contractual genuina. No hay mecanismos de control por parte de la nación conquistada. No hay condiciones pactadas bilateralmente. No hay tasas de interés, plazos de devolución, cláusulas penales equilibradas o tribunales arbitrales independientes. Todo queda a criterio arbitrario y unilateral del dominador, que además ejerce la fuerza física y judicial para hacer cumplir su voluntad.

6. Cierre: Denuncia y exigencia de transparencia

Ante este expediente, se impone una doble exigencia:

· A los organismos internacionales y organizaciones de derechos humanos: Que analicen este entramado de licencias, reformas legales y propuestas de reestructuración institucional como una violación sistemática del derecho internacional, de la Carta de la ONU y de los principios de no intervención y autodeterminación de los pueblos.
· A las propias autoridades venezolanas: Que no engañen a su pueblo con acuerdos ficticios o con la narrativa de que “lograron un levantamiento de sanciones”. No hay tal levantamiento. Lo que hay es un cambio en la modalidad del bloqueo: de la asfixia total a la asfixia selectiva que permite la extracción de riqueza. La transparencia debe ser frente al país, no solo frente a Washington.

El plan existe. Se ejecuta. Y sus dos caras –la económica y la institucional– ya están en movimiento.


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