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Senadora Clara López interpuso tutela contra la Registraduría para frenar escrutinios por falta de seguridad digital en los formularios E-14

Menos de 24 horas después del cierre de las urnas en las elecciones presidenciales, la senadora Clara Eugenia López Obregón radicó una acción de tutela con solicitud de medida provisional urgente contra la Registraduría Nacional del Estado Civil. El recurso judicial busca frenar el avance del escrutinio hasta que la entidad pública garantice la transparencia e integridad digital de los Formularios E-14 (actas de escrutinio de mesa).

Según la congresista, los documentos publicados digitalmente por la organización electoral carecen de los elementos técnicos mínimos de seguridad informática, lo que vulnera derechos fundamentales como el acceso a la información pública, el debido proceso electoral y el control ciudadano.

La tutela detalla que los Formularios E-14 digitales correspondientes a los comicios del 21 de junio fueron subidos a la plataforma oficial sin metadata, sin hash criptográfico de integridad, sin estampilla de tiempo verificable y sin trazabilidad digital pública.

En el texto de la demanda, la senadora argumenta que estas omisiones impiden que las campañas políticas, los testigos y la ciudadanía en general verifiquen la autenticidad y el momento exacto de la creación o modificación de los archivos. Esta situación cobra mayor relevancia ante las denuncias públicas de presuntas anomalías en aproximadamente 33.000 mesas de votación a nivel nacional.

«El trayecto que conduce del voto al resultado declarado debe ser verificable. Si no puedo confirmar que el acta digital publicada corresponde, sin alteración, a la mesa física, tampoco se puede asegurar que la voluntad del electorado fue reflejada fielmente«, sostiene López Obregón en el documento.

Debido a la velocidad con la que avanzan las comisiones escrutadoras, la accionante solicitó al Juez Constitucional de Tutela una medida provisional de urgencia. La congresista advierte que existe un «riesgo cierto» de que se consolide un daño irreversible para la democracia si se declaran resultados oficiales definitivos o se cierran los escrutinios sin que la Registraduría entregue o subsane los componentes técnicos exigidos.

La senadora argumentó la procedencia de la tutela señalando que las vías ordinarias —como los derechos de petición o las reclamaciones ante las comisiones escrutadoras— son ineficaces en este momento, dado que la propia Registraduría amplió el plazo de respuesta a sus solicitudes previas hasta el 24 de junio de 2026, fecha posterior al previsible cierre de los escrutinios.

El recurso judicial, dirigido formalmente contra el Registrador Nacional, Hernán Penagos Giraldo, pide también la vinculación obligatoria del  Consejo Nacional Electoral (CNE), organismos de control como la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo; las campañas presidenciales participantes, incluyendo la de Iván Cepeda Castro y sus contendientes; los contratistas y operadores tecnológicos responsables del escaneo y la custodia de los datos.

La acción de tutela cita precedentes internacionales de alta complejidad, como el fallo de la Corte Suprema de Kenia de 2017 que anuló unas elecciones presidenciales por falta de verificabilidad técnica, así como los estándares de «independencia del software» del Instituto Nacional de Estándares y Tecnología de EE. UU. (NIST). El balón queda ahora en el terreno del juez de reparto, quien deberá decidir de forma inmediata si frena temporalmente el proceso de escrutinio nacional.

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