Noticias Candela - Informe 25 por Jorge Castro
cómo se construyó la narrativa para abaratar el despido y deprimir los salarios en Venezuela – La Tabla Blog

cómo se construyó la narrativa para abaratar el despido y deprimir los salarios en Venezuela – La Tabla Blog

La “retroactividad” prestacional no genera inflación ni quiebras. Es un relato construido para abaratar el despido injustificado y normalizar salarios deprimidos. Jurídicamente, la LOTTT opera con depósitos mensuales en fideicomiso; el último salario solo fija una garantía indemnizatoria al romper el vínculo sin causa. Macroeconómicamente, congelar nóminas no baja precios, solo contrae el consumo y favorece a empleadores, gestores públicos y dueños de activos. Derribar este mito es urgente para recuperar el ingreso real y reactivar la economía.

Redacción: La Tabla/Plataforma de Periodismo de Datos.  29 ABR 2026

Durante más de una década se instaló en el debate público la idea de que las prestaciones sociales venezolanas eran insostenibles, que cualquier aumento salarial dispararía la inflación y que el Estado y las empresas quebrarían si se ajustaban los pasivos laborales. Esta narrativa, repetida por cámaras empresariales, consultoras especializadas y asumida con cautela por voceros de política económica, escondía un objetivo preciso y medible: reducir drásticamente el costo del despido injustificado.

La verificación de la Ley Orgánica del Trabajo, el funcionamiento real del sistema de prestaciones y la dinámica macroeconómica del país demuestran lo contrario. Las prestaciones se devengan mes a mes, la llamada retroactividad solo opera como indemnización por ruptura unilateral sin causa, y el estancamiento salarial no protege la economía, solo traslada el costo del ajuste a los trabajadores y contrae el mercado interno.

La construcción de este relato no fue un error técnico, sino una operación discursiva coordinada. Se partió de una premisa falsa pero de fácil repetición: que el régimen de prestaciones sociales calcula todo con base en el último salario, por lo que un aumento nominal multiplicaría exponencialmente la deuda patronal. De ahí se derivaron una serie de afirmaciones que circularon como verdades incuestionables, pero que ninguna resiste el contraste con la norma vigente ni con la evidencia económica.

Los aumentos salariales son el motor principal de la inflación. La evidencia macroeconómica muestra que la escalada de precios responde a la indexación cambiaria, la especulación sobre precios de referencia y los costos de insumos importados, no a la nómina de los trabajadores. El salario representa una porción decreciente en la formación del precio final, mientras que los márgenes comerciales, la logística y la intermediación tienen un peso estructural mucho mayor.

El Estado quebraría por los pasivos retroactivos. El sistema de fideicomiso mensual ya cubre la obligación; la garantía final no es una deuda oculta, sino un mecanismo de ajuste controlable y presupuestable. Cumplir con la ley no es un gasto imprevisto, es una obligación mensual que, con planificación fiscal, no desborda las cajas públicas.

La empresa privada quebraría al recalcular prestaciones.** El grueso del pasivo ya se paga mes a mes mediante depósitos obligatorios. La diferencia por último salario solo aplica en despidos injustificados, no como un costo operativo automático. Si un modelo de negocio depende de no cumplir la ley para ser rentable, el problema no es el trabajador, sino la estructura empresarial.

**La retroactividad genera informalidad laboral.** La informalidad nace de la evasión patronal, la precarización deliberada y la falta de oportunidades formales, no de la existencia de derechos. Eliminar las prestaciones no formaliza el empleo, solo legaliza la explotación y reduce el poder adquisitivo de la población.

**Las sanciones internacionales hacen inviable cualquier mejora salarial.** Las restricciones externas limitan divisas y complican operaciones externas, pero no anulan la soberanía para priorizar el gasto público, escalar ajustes o indexar ingresos al costo de vida. Países con bloqueos o restricciones similares han mantenido mecanismos de protección salarial sin colapsar sus finanzas, porque entienden que el ingreso de los trabajadores es el motor de la demanda interna.

**La única salida es reformar la ley, eliminar la retroactividad y desregular el mercado laboral.** No se busca flexibilidad productiva, sino libertad para romper el vínculo laboral sin consecuencias económicas significativas. Bajo salarios deprimidos, incluso una indemnización legal resulta miserable en términos reales, convirtiendo el despido en una operación de bajo costo y alta frecuencia.

Esta distinción jurídica cambia por completo el sentido del debate. Cuando un trabajador renuncia voluntariamente, no hay recálculo, no hay sorpresa contable, no hay impacto inflacionario. El patrono simplemente entrega lo que ya se depositó y capitalizó mes a mes. La carga adicional aparece exclusivamente en el despido injustificado, donde la ley aplica una indemnización que funciona como sanción disuasoria.

No es un error del sistema, es su diseño: la estabilidad laboral se protege elevando el costo de la ruptura arbitraria, no congelando los ingresos de quienes trabajan. Pretender que este mecanismo genera inflación o quiebra empresarial equivale a confundir una indemnización por incumplimiento con un gasto operativo recurrente.

El argumento macroeconómico que sostiene la contención salarial tampoco se sostiene. La teoría que vincula automáticamente los aumentos de nómina con la escalada de precios parte de un modelo monetarista que ignora la estructura real de la economía venezolana. Congelar el ingreso de los trabajadores no baja los precios, solo contrae la demanda efectiva, desincentiva el consumo interno y profundiza la recesión. La política salarial contractiva no estabiliza la macroeconomía, la paraliza.

Detrás de la narrativa que exige desregulación y congelamiento salarial opera una red de intereses concretos. ¿Quiénes se benefician realmente de mantener este modelo?

**Los empleadores, públicos y privados**, ganan la capacidad de ajustar plantillas y reducir nóminas con un costo de despido mínimo. Con salarios deprimidos, incluso una indemnización legal resulta irrelevante en términos reales, convirtiendo la ruptura contractual en una operación de bajo riesgo financiero y alta discrecionalidad.

**Los responsables de política económica y reguladores macro** encuentran en la contención salarial una herramienta de control simplificada. Reducir la masa salarial facilita la gestión de agregados en el corto plazo y evita presiones inmediatas sobre la caja fiscal, aunque sacrifique la demanda interna y la reactivación productiva a mediano plazo.

**Los gerentes de recursos humanos y administradores de personal** obtienen libertad operativa para contratar, rotar y despedir sin enfrentar sanciones patrimoniales significativas, transformando la gestión laboral en un ejercicio de conveniencia inmediata en lugar de una inversión en capital humano.

(plantas industriales, maquinaria, inmuebles comerciales y terrenos estratégicos) ven en la desregulación laboral un facilitador de negocios. Su modelo se basa en el alquiler, la cesión o la revalorización de activos, y cualquier norma que garantice estabilidad laboral se percibe como un freno para cerrar operaciones rápidas y maximizar rentas sin asumir pasivos sociales.

Mantener la narrativa de la retroactividad peligrosa, la inflación salarial y las sanciones insuperables es, en la práctica, mantener un modelo donde el riesgo productivo se transfiere al trabajador y la rentabilidad se protege mediante la precarización. No se trata de negar las dificultades macroeconómicas, ni de ignorar los desafíos de la planificación fiscal en un entorno restrictivo. Se trata de dejar de usar la ley laboral como chivo expiatorio de desequilibrios que tienen otras raíces.

El régimen de prestaciones sociales venezolano no es una bomba de tiempo contable, es un sistema de acumulación mensual que ya se paga en el presente, no en el futuro. La retroactividad no deprime salarios, los protege de la devaluación al momento del egreso. La desregulación no genera empleo formal, legitima la rotación arbitraria y reduce la capacidad de consumo de la población. Y las sanciones, aunque reales y dañinas, no justifican la renuncia a políticas salariales que salvaguarden el poder adquisitivo y mantengan activo el mercado interno.

La evidencia jurídica y económica es clara. Los aumentos salariales prudentes, acompañados de cumplimiento estricto del depósito mensual en fideicomiso y de mecanismos de indexación controlada, no disparan la inflación ni quiebran empresas. Lo que sí genera distorsión es congelar el ingreso mientras los precios se ajustan en moneda extranjera, lo que sí destruye tejido productivo es convertir el despido en una operación de bajo costo y alta frecuencia, y lo que sí frena la reactivación es normalizar la idea de que los derechos laborales son un lujo macroeconómico.

Desmontar la mentira de la retroactividad no es un ejercicio académico, es una condición para recuperar una política salarial que mire al trabajo como factor de dinamismo, no como variable de ajuste. La ley ya lo establece. El mecanismo ya funciona. Solo falta dejar de usar el miedo como excusa para no cumplirlo.


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