
Redacción: La Tabla/Plataforma de Periodismo de Datos. 25 ABR 2026
En una comunicación dirigida al juez Alvin K. Hellerstein, la Fiscalía Federal para el Distrito Sur de Nueva York confirmó ayer que la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC, por sus siglas en inglés) emitió licencias enmendadas que permiten a los abogados de Nicolás Maduro Moros y Cilia Flores de Maduro recibir pagos del Gobierno de Venezuela. Sin embargo, la autorización viene con un condición temporal que define todo el caso: el dinero debe ser “fresco” y estar disponible para el gobierno venezolano únicamente a partir del 5 de marzo de 2026.
La revelación, contenida en la carta conjunta enviada al tribunal, despeja una de las mayores incógnitas del proceso penal S4 11 Cr. 205 (AKH) y zanja –al menos en el plano normativo estadounidense– la crisis constitucional que amenazaba con colapsar la acusación por narcoterrorismo y otros delitos graves.
¿Por qué el 5 de marzo?
El 5 de marzo de 2026 es, precisamente, el día en que Estados Unidos y Venezuela restablecieron formalmente sus relaciones diplomáticas y consulares. La condición impuesta por la OFAC no es casual: solo se permite emplear ingresos que el Gobierno de Venezuela haya recibido o generado después de esa fecha. Quedan excluidos, por tanto, todos los fondos soberanos congelados en territorio estadounidense con anterioridad, así como cualquier activo que esté sujeto a embargos, disputas de acreedores o litigios activos en el Distrito Sur de Nueva York.
Esto significa que se mantienen las sanciones por lo que no se descongela nada. “Se está abriendo un carril nuevo para que ingrese dinero fresco, distinto del que permanece bloqueado desde 2019”, es la conclusión del análisis.
Dinero no puede venir del petróleo
La licencia contiene una segunda restricción que blinda el mecanismo: los pagos no pueden provenir de los ‘Foreign Government Deposit Funds’ definidos en la Orden Ejecutiva 14373 del 9 de enero de 2026. Esos fondos, que canalizan los ingresos de las ventas de petróleo venezolano hacia cuentas especiales bajo control del Tesoro estadounidense, no podrán ser utilizados para costear a la defensa, aunque se hayan generado después del 5 de marzo.
En la práctica, el gobierno de Venezuela deberá realizar nuevas transferencias desde fuentes de ingresos no petroleros –o petroleros pero que no estén sujetos al depósito obligatorio en el Tesoro– y específicamente destinadas al pago de los abogados.
Gracias a la emisión de las licencias, los abogados de Maduro y de su esposa, la diputada Cilia Flores retiraron las mociones de desestimación que habían presentado (Dkts. 289 y 292), al considerar que la autorización de pagos resuelve los problemas subyacentes. La Fiscalía y la defensa solicitaron conjuntamente al juez Hellerstein que programe una conferencia de estatus en aproximadamente 60 días y que excluya ese lapso del cómputo de la Ley de Juicio Rápido, con el fin de producir y revisar evidencia.
La decisión final sobre la pausa procesal está en manos del juez, quien debe determinar si la exclusión de tiempo sirve efectivamente a “los fines de la justicia” por encima del interés en un juicio veloz.
Mientras la Fiscalía y la corte allanan el camino para que la defensa cobre sin infringir las sanciones, la ejecución real del pago queda bajo el control exclusivo del Gobierno venezolano que preside Delcy Rodríguez. Solo si el Ejecutivo realiza los depósitos frescos en los términos de la licencia, los abogados podrán facturar y el proceso penal podrá avanzar.

