En el auto de sobreseimiento, el juez instructor Santiago Pedraz explicó que la justicia venezolana ya analizó el préstamo que Administradora Atlantic otorgó a PDVSA y determinó su conformidad con la legalidad vigente en Venezuela, sin apreciar delito en esas operaciones. Tal como reportó Europa Press, el magistrado señaló que si no se acredita la procedencia delictiva de los fondos, no se puede sostener la existencia de un delito de blanqueo, y destacó que corresponde a la jurisdicción de Venezuela investigar y juzgar los hechos relacionados con sus nacionales y dentro de su territorio. Con este argumento, la Audiencia Nacional archivó provisionalmente la causa que examinaba supuestos delitos de blanqueo de capitales en España relacionados con la petrolera estatal venezolana.
La Audiencia Nacional adoptó la decisión tras el análisis de los hechos relacionados con una transferencia de 4.350 millones de dólares que involucraba a Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA) y una serie de ciudadanos venezolanos, entre los que se encontraba el empresario Alejandro Betancourt. Según informó Europa Press, el origen de la investigación fue una denuncia de la Fiscalía Anticorrupción, que sostenía que esos recursos resultaban de un supuesto fraude relacionado con un préstamo formalizado en marzo de 2012 entre PDVSA y la empresa Administradora Atlantic. La acusación señalaba que estos fondos, después del acuerdo entre ambas partes, se habrían invertido en territorio español, lo que motivó la apertura de diligencias por posible blanqueo de capitales.
El juez instructor, en su auto, concluyó que la Fiscalía Anticorrupción expuso los hechos de forma “genérica”, sin aportar detalles específicos sobre una supuesta elusión fiscal, ni precisar por qué los fondos debían tributar en España. Según detalló Europa Press, Pedraz enfatizó la ausencia de información sobre comprobaciones tributarias previas llevadas a cabo por la Agencia Tributaria, tal y como argumentó la defensa del empresario venezolano.
Según la resolución judicial, la defensa de Betancourt argumentó que la justicia del país sudamericano ya investigó y juzgó el préstamo cuestionado y concluyó la ausencia de infracciones. En el texto del auto, al que accedió Europa Press, el juez recuerda que la legalidad venezolana avaló tanto el otorgamiento del préstamo como su devolución en divisas, lo que eliminó la base para continuar la investigación en España por blanqueo de capitales. Así, la Audiencia Nacional siguió la tesis de que no puede existir delito de blanqueo si no se acredita que los fondos tienen origen ilícito y que, tratándose de un asunto centralmente venezolano, resulta competente la autoridad judicial del país latinoamericano.
Europa Press consignó que la denuncia original de la Fiscalía se centraba en una presunta inversión irregular en España con dinero de procedencia sospechosa, aunque en su apreciación, el juez instructor consideró insuficiente la fundamentación de la acusación y la falta de evidencias directas sobre un delito fiscal cometido en territorio español. La resolución deja constancia de que las actuaciones en Venezuela analizaron, dieron seguimiento y juzgaron el caso, determinando la inexistencia de delito alguno.
La decisión de la Audiencia Nacional supone el archivo provisional de la investigación, lo que implica que podrían reabrirse diligencias si surgieran nuevos elementos de prueba. Mientras tanto, los imputados, incluido Betancourt, quedan exonerados por el momento, al no haber quedado justificado ningún delito ni falseamiento de la legalidad española en relación con el movimiento de fondos desde PDVSA.
El medio Europa Press precisó que la suma bajo investigación, 4.350 millones de dólares, formaba parte de un entramado de operaciones analizadas en el marco de las relaciones comerciales entre la estatal venezolana y empresas privadas. Según la Fiscalía Anticorrupción, esas transacciones motivaron la apertura de la causa en España, ante la sospecha de posibles irregularidades vinculadas al origen de los recursos y su desplazamiento hacia suelo español.
En los fundamentos del auto judicial, el magistrado Santiago Pedraz argumentó que las actuaciones de la Fiscalía no concretaron con suficiente detalle la existencia de conductas delictivas por parte de los implicados. El documento judicial subraya la falta de indicios claros de elusión de obligaciones fiscales en España y la ausencia de pruebas de que la Agencia Tributaria hubiese realizado comprobaciones que sustentaran la acusación. Por tanto, el juez procedió al cierre provisional de la causa, en línea con los argumentos esgrimidos por la defensa de los empresarios investigados.
De acuerdo con Europa Press, el caso puso el foco tanto en el funcionamiento del sector petrolero venezolano como en los mecanismos de control de movimientos de capitales entre América Latina y Europa. La Fiscalía Anticorrupción mantiene que los hechos investigados podrían haber constituido blanqueo de capitales, pero el auto judicial establece que los procedimientos legales realizados en Venezuela y la ausencia de pruebas de delito en España resultaron determinantes para la decisión de la Audiencia Nacional.
El juez instructor recordó en su fallo que corresponde a la justicia venezolana actuar sobre posibles delitos de sus nacionales en operaciones realizadas dentro de su territorio y que España no puede avanzar en una acusación de blanqueo cuando el país de origen de los fondos ha certificado la legalidad de sus operaciones. Esta decisión refuerza el principio de jurisdicción limitada en casos con dimensión internacional, según publicó Europa Press.
Así, la Audiencia Nacional archiva de forma provisional una investigación que implicaba a empresarios venezolanos y la empresa estatal PDVSA, tras determinar que no existen pruebas suficientes que vinculen el movimiento de fondos con un delito en España, remitiéndose a las conclusiones de la justicia venezolana que avalaron la legalidad de las operaciones objeto del proceso.
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